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Blog laboral

Despido injustificado

Despedido por necesidades de la empresa estando con licencia médica

El artículo 161 lo prohíbe de forma expresa. Qué cubre la regla, qué revisar si te pasó y cuánto plazo hay para reclamar.

23 de octubre de 20261 min de lecturaNormas: Art. 161 · Art. 168

Hay causales de despido que el empleador no puede usar en ciertos momentos. La más clara es esta: mientras tienes una licencia médica vigente, no te pueden despedir por necesidades de la empresa.

La regla

«Las causales señaladas en los incisos anteriores no podrán ser invocadas con respecto a trabajadores que gocen de licencia por enfermedad común, accidente del trabajo o enfermedad profesional, otorgada en conformidad a las normas legales vigentes que regulan la materia.»
Código del Trabajo, artículo 161, inciso final

Las causales de ese artículo son dos: las necesidades de la empresa y el desahucio. Ninguna de las dos puede invocarse contra quien está con licencia por enfermedad, por accidente del trabajo o por enfermedad profesional.

Qué significa en la práctica

Si la carta invoca necesidades de la empresa y el día del despido tenías una licencia vigente, el empleador usó una causal que la ley no le permitía usar contigo en ese momento. Ese despido se puede reclamar ante el tribunal del trabajo, que es quien declara sus efectos.

Qué revisar

  • Las fechas exactas de la licencia: inicio, término y si hubo prórroga.
  • La fecha de la carta de despido y la fecha desde la que se te separó.
  • Que la licencia haya sido emitida y tramitada conforme a la ley.
  • Tus cotizaciones del período: si hay meses impagos, cambia lo que se puede reclamar.

El plazo

La acción por despido injustificado debe presentarse dentro de 60 días hábiles desde la separación. Es un plazo corto y se cuenta en días hábiles, así que conviene revisarlo cuanto antes.

Un cuidado con tus datos

Una licencia médica es información de salud. Compártela solo con quien vaya a revisar tu caso, nunca en grupos ni en redes sociales.

Este artículo es información general y no constituye asesoría jurídica. Cada caso depende de sus propios antecedentes y de la prueba disponible.