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Blog laboral

Finiquito

Antes de firmar el finiquito ante notario: lo que el notario tiene que exigirle a tu empleador

El artículo 177 le encarga al ministro de fe una revisión que casi nadie conoce: comprobar que tus cotizaciones estén pagadas antes de que firmes.

23 de octubre de 20262 min de lecturaNormas: Art. 177 · Art. 162

Ratificar un finiquito ante un ministro de fe no es un trámite. Lo que firmas sin reserva tiene poder liberatorio: en principio, después ya no se puede reclamar. Por eso la ley pone controles antes de la firma, y uno de ellos le corresponde al propio notario.

Lo que dice el artículo 177

Cuando el despido es por alguna de las causales del inciso quinto del artículo 162, entre ellas las necesidades de la empresa, el ministro de fe, antes de que ratifiques, debe requerir al empleador que le acredite el pago íntegro de tus cotizaciones de pensiones, salud y seguro de desempleo hasta el último día del mes anterior al despido. Lo acredita con certificados de las instituciones o con las copias de las planillas de pago.

«Con todo, deberán dejar constancia de que el finiquito no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo si el empleador no hubiera efectuado el integro de dichas cotizaciones previsionales.»
Código del Trabajo, artículo 177

Por qué te conviene saberlo antes de ir

Esa constancia protege la acción que más vale en un despido con cotizaciones impagas: la nulidad del despido. Si el notario no pidió nada, o el finiquito no dice una palabra sobre las cotizaciones, lo razonable es preguntar antes de firmar, no después.

  • Descarga tu certificado de cotizaciones el mismo día y llévalo.
  • Lee el finiquito completo antes de llegar a la notaría: la causal, la fecha y cada monto.
  • Si algo no cuadra, no estás obligado a ratificar ese día.

Si igual vas a firmar

Muchas personas necesitan el dinero del finiquito y firman igual. Se puede, dejando una reserva de derechos escrita junto a la firma. Una reserva que nombra lo que piensas reclamar protege más que una frase genérica.

Antes de ir a la notaría, una revisión de la carta, el finiquito y el certificado de cotizaciones toma poco tiempo y puede cambiar lo que firmas.

Este artículo es información general y no constituye asesoría jurídica. Cada caso depende de sus propios antecedentes y de la prueba disponible.